Esta asociación es una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro y en ningún caso repartirá utilidades entre sus miembros y las que eventualmente pudiera obtener, serán invertidos en la realización de los bienes que persigue.
Nuestro domicilio será la ciudad de Ibagué en forma permanente, su duración será indefinida y funcionará de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y de acuerdo con los estatutos.
La actividad meritoria de nuestra asociación es la "5.Actividades de desarrollo social" con el código de actividad económica 9499 "Actividades de otras asociaciones ncp"
Somos una asociación de derecho privado, sin ánimo de lucro, integrada por damnificados de la tragedia de Armero, cuya misión es el rescate y la conservación de la memora historia, idiosincrasia de un pueblo pujante ubicado al del norte del Tolima.
Ser una asociación, activa, ágil e innovadora que responda con proactividad a los desafíos que se le planteen, desarrollando proyectos que ayuden a sus miembros y a la comunidad en general para la búsqueda permanente de una mejor calidad de vida destacando el compromiso con sigo mismo, la sociedad y su entorno social y/o económico.
Artículo 41 del capítulo 15, Disposición varias; Los colores de la ASOCIACIÓN serán blanco y verde que son los colores de la bandera de Armero. El escudo una mota de algodón en forma de paloma.
La defensa y agrupación de los damnificados que desean ingresar a esta entidad.
Elaborar en estrecha colaboración con las autoridades que por mandato de la ley tengan que ver con los damnificados de Armero en razón de la actividad del volcán Arenas del Nevado del Ruiz ocurrida el 13 de noviembre de 1985, buscando por todos los medios posibles el beneficio y la compensación a quienes sufrieron la grave calamidad pública perdiendo familiares y bienes.
Gestionar ante las entidades respectivas la consecución de auxilios para los damnificados y en general hacer valer los derechos de estos en todo lo que corresponda a donaciones y aportes de orden nacional e internacional.
Las demás que le corresponda por mandato de ley y que fije la Asamblea General.